20/12/2007
Se incluye en esta actualización:
Se envía el Módulo de Hacienda para la Impresión y generación del Modelo 190 del ejercicio 2007.
Respecto al Modelo 190 recuerde que:
El módulo de impresión de la A.E.A.T. necesita, para su correcto funcionamiento, la máquina virtual Java.
Para la impresión del Modelo 190 correspondiente al ejercicio 2007 esta Java debe tener la Versión 1.6.
Aunque CAILAB verificará que la versión de la Java sea la adecuada (y en caso de no ser así propondrá su descarga), para aquellos usuarios que quieran ir comprobando si su Java es la correcta aconsejamos seguir los siguientes puntos en cada equipo desde el que se pretenda imprimir o generar el modelo 190:
1. COMPROBACIÓN DE LA VERSIÓN DE JAVA
· En Windows 98/ME: Debe pinchar en INICIO / EJECUTAR y escribir COMMAND. A continuacion en la ventana de MS-DOS que se abre y donde parpadea el cursor, escriba java -version dejando un espacio en blanco entre la palabra java y el guión. Pulse INTRO.
· En Windows 2000/NT/XP Debe pinchar en INICIO / EJECUTAR y escribir CMD. A continuación en la ventana de MS-DOS escriba java -version. Aquí también debe dejar el espacio en blanco. Pulse INTRO.
La versión es correcta si entre el texto que se muestra al pulsar INTRO aparece "1.6.0_03"
2. EN CASO DE QUE LA VERSIÓN NO SEA LA CORRECTA
Descargue e instale la versión correcta desde la página de la A.E.A.T. o desde la opción "Descargas / Utilidades / Java VERSIÓN 1.6" del Área de Clientes de la página Web de CAI Sistemas Informáticos.
ATENCIÓN:
No desinstale versiones anteriores (como la 1.4.2_02) que son necesarias para la impresión y generación de modelos de años anteriores.
No se podrá presentar en papel la declaración de las Sociedades de naturaleza mercantil con forma de Sociedad Anónima o Sociedad Limitada. Estas empresas se deben enviar telemáticamente, independientemente del número de perceptores que tengan. En caso de intentarlo, se emitirá un error de validación.
Tal y como se había comentado en la actualización anterior con esta nueva actualización se cambia el texto de las percepciones codificadas en la clave L, subclave 18 de la opción IRPF, Otros Perceptores I.R.P.F. Y Seg. Social correspondientes a ejercicios anteriores al 2007 de forma que ahora aparecerán con el texto Otras Rentas exentas. Recuerden que si el ejercicio es el 2008 el texto que aparecerá es Rentas obtenidas por discapacitados por aportaciones a S.P.S..
Se actualizan las referencias a la Ley de los Certificados de Rentenciones e Ingresos a Cuenta de la Renta de las Personas Físicas (de Rendimientos del Trabajo y de Actividades Económicas)
Se modifica el diseño del Certificado de Rentenciones e Ingresos a Cuenta del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
Si desea iniciar el ejercicio 2008 deberá realizar los pasos que se detallan en la opción Utilidades, Ayuda, Manual, Preguntas Frecuentes, Creación de un Nuevo Ejercicio.
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.12 (Versión BD 50.79)
10/12/2007
Se soluciona la siguiente incidencia:
Los documentos de finiquito realizados con la versión 7.12 (Versión BD 50.65) impresos entre los días 03 y 10 de diciembre del 2007 no incluían la fecha de baja por liquidación/Cese.
Si ha impreso algún finiquito entre dichas fechas y en él no figura la fecha de la baja, puede volver a imprimirlo con la versión actual para que salga la fecha de la baja correctamente.
Recuerde:
No es necesario volver a recalcular la liquidación, bastará con imprimir el documento de finiquito.
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.12 (Versión BD 50.66)
03/12/2007
Se incluye en esta actualización:
Se adapta el cálculo del TC de formación a los cambios que implementará a partir del 1 de diciembre el Sistema Red. Dicho cambio exige que en el fichero FAN correspondiente a los C.C.C de formación se indique el nº de horas de bonificación. En el caso de no indicarlas la bonificación será rechazada.
Recuerde:
Si ya ha calculado los TC'S de formación con la versión anterior deberá descargar esta actualización y recalcularlos. No es necesario recalcular las nóminas.
En versiones anteriores al grabar la liquidación/Cese del trabajador se mostraba un aviso indicando que las nóminas del trabajador posteriores a la fecha de la baja por Liquidación/Cese serían borradas. Con la versión actual en dicho aviso se detallarán dichas nóminas posteriores (si las hay), con el fin de que el usuario verifique si procede el borrado de las mismas.
En el Menú Maestros se crean las siguientes opciones:
Oficinas de Empleo, dicha opción irá cargada con los datos correspondientes a las oficinas de empleo las provincias de La Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra. Esta nueva opción permitirá Modificar o Eliminar los datos cargados por defecto o bien Añadir nuevas Oficinas de Empleo.
Tabla Cuantías/Horas Formación Teórica, esta opción incluye por ejercicios las tablas necesarias para el cálculo automático de la bonificación por formación Teórica a Distancia.
Cambios en el cálculo de la Bonificación por Formación Teórica a Distancia: Con esta nueva versión se permite codificar la bonificación por formación a distancia de dos formas distintas:
Manual: En este caso, tal y como se venía haciendo hasta la versión anterior, el nº de horas indicadas por el usuario en el campo "Horas" es el nº de horas que se bonificarán en el TC.
Automática: Se deberá dejar el campo "Horas" vacío de forma que la aplicación calculará el el nº de horas de bonificación correspondientes en función de:
la fecha de inicio y fin de la nómina/s que tenga el trabajador en el mes
la tabla codificada en la opción "Maestros", "Tabla Cuantías/Horas Formación Teórica"
Si ya tiene trabajadores de formación con bonificación, por formación a distancia codificada con un nº de horas, se recomienda dejarlo como está, o bien cerrar la bonificación con el nº de horas indicado el último día del mes y abrir un nuevo registro, sin indicar el nº de horas, con fecha inicio el primer día del mes siguiente y fecha fin la fecha de fin contrato o fin prórroga.
En la opción Utilidades, Acerca de se indicarán los siguientes datos de interés:
Versión del Programa
Versión de la Base de Datos
Nº de Licencia
Ruta de ubicación del programa
Nombre del Servidor
Ruta de ubicación del Firebird
En la opción IRPF, Modelo 110/111 al seleccionar las opciones Papel Blanco, Impresión, A Ingresar, se permite elegir entre Domiciliados y No Domiciliados.
Se incluyen en los Modelos 216 y 296 tanto las percepciones como los ingresos a cuenta correspondientes a Productos en Especie.
Se realizan los siguientes cambios en las claves y subclaves correspondientes al Modelo 190:
Se añaden las claves y subclaves:
H - 4 Percepciones de actividades económicas en Estimación Objetiva art. 95.6.2º.
K - 2 Percepciones correspondientes a Ganancias Patrimoniales de vecinos derivadas de aprovechamientos
forestales en montes públicos.
L -19 Prestaciones públicas vinculadas al servicio para cuidados en el entorno familiar.
L -20 Otras Rentas Exentas.
Al descargar la actualización la aplicación cambiará automáticamente todas las percepciones codificados en la clave L, subclave 18 correspondientes al ejercicio 2007 a la clave L, subclave 20.
Las percepciones codificados en la clave L, subclave 18 correspondientes al ejercicios anteriores al 2007 seguirán codificadas en la clave L, subclave 18. Estas últimas en la opción IRPF, Otros Perceptores aparecerán con el texto Rentas obtenidas por discapacitados por aportaciones a S.P.S.. Este texto será modificado en la próxima actualización poniendo Otras Rentas exentas.
Para modificar las percepciones correspondientes a la nueva subclave H - 4 que tengan codificado con otra clave y subclave distinta deberán realizar los siguientes pasos:
Localizar en la aplicación dichas percepciones. Para ello pueden descargar de la web los siguientes listados condicionales que les ayudarán a localizarlas:
Si conoce la calve y subclave con que codificó dichas percepciones descargue el listado Perceptores con Percepciones codificadas con la Clave, Subclave y % indicados por el usuario. Este listado le pedirá la clave, subclave y % con que codificó las percepciones. Para descargar el listado deberá ir a la opción Listados, Listados Condicionales y pulsar el botón Listados Web. Una vez localizado, recuerde que están por orden alfabético, situarse sobre el y pulsar el botón Seleccionar. El listado aparecerá en la parte inferior de la pantalla, justo en encima del botón Listados web. Para ejecutarlo situarse sobre él, pulsar el botón Modificar y a continuación el botón Visualizar Datos Exportar
Si NO conoce la calve y subclave con que codificó dichas percepciones descargue el listado Perceptores con Percepciones codificadas con el % indicados por el usuario. Este listado le pedirá el % con que codificó las percepciones para poder localizarlas y listará todas las percepciones que haya codificado con dicho %. Para descargar el listado deberá ir a la opción Listados, Listados Condicionales y pulsar el botón Listados Web. Una vez localizado, recuerde que están por orden alfabético, situarse sobre él y pulsar el botón Seleccionar. El listado aparecerá en la parte inferior de la pantalla, justo en encima del botón Listados web. Para ejecutarlo situarse sobre el, pulsar el botón Modificar y a continuación el botón Visualizar Datos Exportar
Una vez que tenga localizadas las percepciones podrá cambiarlas automáticamente a la nueva clave, subclave y % con el siguiente listado que deberá descargar de la web Perceptores CAMBIAR AUTOMÁTICAMENTE las Percepciones codificadas con la Clave, Subclave y % indicados por el usuario a la nueva Clave, Subclave y % indicados por el usuario.
Para descargar el listado deberá ir a la opción Listados, Listados Condicionales y pulsar el botón Listados Web. Una vez localizado, recuerde que están por orden alfabético, situarse sobre el y pulsar el botón Seleccionar. El listado aparecerá en la parte inferior de la pantalla, justo en encima del botón Listados web. Para ejecutarlo siturarse sobre el, pulsar el botón Modificar y a continuación el botón Imprimir.
Este listado pedirá los siguientes datos:
Claveaponer: Indicar en mayúsculas la nueva clave a asignar
Subclaveaponer: Indicar en mayúsculas la nueva subclave a asignar
porc_a_poner: Indicar el % a asignar
Claveanterior: Indicar en mayúsculas la clave con la que codificó las percepciones
Subclaveanterior: Indicar en mayúsculas la subclave con la que codificó las percepciones
porc_anterior: Indicar el % con que codificó las percepciones
Asegúrese de introducir correctamente los datos con el fin de evitar:
cambiar las percepciones a una clave, subclave y % diferentes
cambiar las percepciones de una clave, subclave y % que no corresponden
Si desea iniciar el ejercicio 2008 deberá realizar los pasos que se detallan en la opción Utilidades, Ayuda, Manual, Preguntas Frecuentes, Creación de un Nuevo Ejercicio.
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.12 (Versión BD 50.65)
06/10/2007
Se incluye en esta actualización:
En la opción Listados, Listados Trabajadores, Costes S.S./IRPF si se selecciona la opción Coste Nómina Atrasos y el trabajador tiene en el mismo año y mes dos nóminas de atrasos de distinto tipo (Por ejemplo 1º atrasos y 2º atrasos) estos aparecerán desglosados tal y como se detalla a continuación:
Se crean las siguientes subclaves de percepción exenta en la pestaña Indicadores de los Conceptos Salariales:
15 Trabajos Realizados en el Extranjero
18 Otras Rentas Exentas
Para el correcto funcionamiento de la subclave 15 - Trabajos Realizado en el Extranjero se deberá indicar, en el campo Tipo de Concepto Salarial de la pestaña Datos Generales del concepto, la clave 22 - Trabajos Realizados en el Extranjero.
Recuerde que si tiene importes ya calculados en nómina que pertenezcan a estas subclaves exentas deberá realizar los siguientes pasos para que la aplicación los gestione correctamente en el Modelo 190 y en el Certificado de Rentenciones e Ingresos a Cuenta del I.R.P.F.:
Codificar el concepto salarial correctamente poniendo la subclave de percepción exenta correspondiente
Indicar en el campo Tipo de concepto salarial de la pestaña Datos Generales del concepto salarial el código 22 si la subclave exenta es la 15 tal y como se indicó anteriormente.
Recalcular la nómina a la que pertenecen dichas percepciones exentas.
Recuerde:
En el caso de que ya tenga calculadas nóminas con importes generados por Trabajos realizados en el EXTRANJERO y haya utilizado el mismo concepto salarial tanto para retribuir estos importes como importes correspondientes a Trabajos realizados en territorio NACIONAL deberá crear otro concepto nuevo en el que indique los cambios del párrafo anterior con el fin de no alterar la nómina de los trabajadores que perciben salarios en territorio nacional.
En los trabajadores que pertenezcan a un C.C.C de formación al actualizar los salarios desde la opción Trabajadores, Laborales, Salarios se preguntará si se desean actualizar en función de las horas efectivas de trabajo o bien pasar los salarios íntegros tal y como aparecen en la categoría definida en el convenio.
Se permite imprimir los siguientes certificados desde la opción Listados, Documentos:
Certificado de Empresa para la solicitud de Maternidad/Adopción o Acogimiento
Certificado de Empresa para la solicitud de Paternidad.
Se modifica el diseño de la pantalla correspondiente a la pestaña Identificativos de la opción Trabajadores, Contrato ya que se han creado dos campos nuevos para poder guardar los documentos correspondientes a la 2ª y 3ª prórrogas que pueda tener el trabajador.
Se crean los siguientes listados condicionales en la web que podrán descargar desde el botón Listados Web que aparece dentro de la opción Listados, Listados Condicionales.
Perceptores con Percepciones codificadas con el % indicados por el usuario.
Perceptores con Percepciones codificadas con la Clave, Subclave y % indicados por el usuario.
Trabajadores con la última ficha cerrada y sin fecha de baja en la opción Liquidación/Cese.
Si desea descargar dichos listados deberá realizar los siguientes pasos:
Ir a la opción Listados, Listados Condicionales
Pulsar el botón Listados Web
Localizar el listado (recuerde que aparecen en orden alfabético)
Pulsar:
El botón Seleccionar. Al pulsar dicho botón el listado aparecerá en la parte inferior de la pantalla, justo encima del botón Listados WEB.
Situarse en dicho listado y pulsar el botón Modificar
Pulsar :
El botón Visualizar Datos/ Exportar si lo desea exportar a EXCEL
Pulsar el botón Imprimir si solo desea ver los trabajadores o empresas que cumplen la condición del listado.
Recuerde que dependiendo del listado seleccionado puede aparecer o no una ventana de petición de datos para localizar los trabajadores/empresas que cumplan dicha condición.
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.10 (Versión BD 49.73)
ATENCIÓN: Si, al realizar esta actualización, aparece el siguiente error: 530 Not logged in deberá ir a nuestra página Web (www.caisistemas.es) y realizar la descarga desde la opción Área Clientes >> Descargas |
06/07/2007
Se incluye en esta actualización:
Se solucionan las siguientes incidencias que aparecían al imprimir el modelo TA2 en formato PDF:
No se cubrían automáticamente las casillas:
Primer Apellido
Fecha de Nacimiento
No se cubría la casilla Causa del Alta/Baja/Variación de Datos.
Respecto a las casillas que a continuación se detallan no se pueden cubrir automáticamente en el nuevo Modelo TA2 en formato PDF por lo que deberán ser cubiertas manualmente por el usuario con una X cuando corresponda.
Alta
Baja
Variación
Dichas incidencias afectan únicamente a la impresión de los Modelos TA2, no a los TA2 enviados por Sistema Red.
Con el fin de evitar el siguiente error al enviar los ficheros del Modelo 110:
NIF no identificado. Debe consignar correctamente NIF y PRIMER APELLIDO.
se recomienda que en aquellas empresas que tengan cubierto el campo Tipo Empresa con el código 1 - Empresa Individual tengan también cubierto en la pantalla Datos Fiscales de la Empresa el campo "Letras Etiqueta".
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.07 (Versión BD 47.98)
26/06/2007
Se incluye en esta actualización:
Se modifica la aplicación con el fin de poder calcular las nóminas con IT hasta el día 30 en lugar de calcularla siempre por días naturales cuando el trabajador es de cobro mensual y en la ficha correspondiente a la nómina de la IT tiene activado el campo Aplicar días trabajados hasta día 30.
Bonificación de las Disposición Adicional Segunda correspondiente a la Ley 12/2001 de 9 de Junio (BOE de 10 de Julio):
Para poder aplicar dicha bonificación cuando exista un proceso de Maternidad a Tiempo Parcial se ha creado en la aplicación la clave de bonificación S- Trabajador sustituido durante la maternidad a Tiempo Parcial.
Para aplicar esta misma bonificación cuando se disfruta del Descanso por Maternidad a Tiempo Completo se deberá utilizar la clave ya existente B- Bonificación.
Recuerde:
Para poder gestionar correctamente la maternidad a tiempo parcial se deberán seguir las instrucciones que se detallan en la opción "Utilidades, Ayuda, Manual, Preguntas Frecuentes, Incidencias de Nómina (Huelga, Inasistencia, IT,....)"
Para poder gestionar correctamente la bonificación de las Disposición Adicional Segunda correspondiente a la Ley 12/2001 de 9 de Junio (BOE de 10 de Julio) tanto en los casos de Maternidad a Tiempo Parcial como en los de Maternidad a Tiempo Completo se deberán seguir las instrucciones que se detallan en la opción "Utilidades, Ayuda, Manual, Preguntas Frecuentes, Incidencias de Nómina (Huelga, Inasistencia, IT,....)"
Se ha cambiado el literal de los siguientes conceptos de IT:
RE- Riesgo durante el Embarazo por RE- Riesgo durante el Embarazo/Lactancia Materna
MA- Maternidad por MA- Maternidad/Paternidad
MP- Maternidad a Tiempo Parcial por MP- Maternidad/Paternidad a Tiempo Parcial
Modificaciones en el TA2:
Se envía el nuevo modelo de TA2 en formato PDF
En el envío de los ficheros AFI de Alta y Baja se habilita un campo con el fin de preguntar si se desea comunicar el ALTA/BAJA al trabajador mediante SMS. Recuerden que el Sistema RED a pesar de tener ya implementado este campo en la aplicación, no tiene operativa la funcionalidad del mismo, por lo tanto se recomienda que no lo cubran mientras el Sistema Red no comunique su operatividad mediante un Boletín de Noticias RED.
Se incluye el nuevo valor 9916 - Personal Investigador I+D+I para el campo Relación Laboral de carácter especial de la pestaña Específicos TA2.
Se incluye la nueva clave de bonificación I-Personal Investigador RD 278/07 (grupos 1,2,3 y 4) con el fin de poder asignar la bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la seguridad social por Contingencias Comunes respecto del personal investigador incluido en los grupos 1, 2,3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social...., según el artículo 1 del Real Decreto 278/2007 de 23 de febrero de 2007. Dicha bonificación se reflejará en los ficheros FAN con la clave CD24 y en el TC2 se indicará con el código 24 en al columna "clave" del apartado "Compensaciones/Deducciones" totalizando en la casilla "Comp. Desempleo Parcial" del TC2 que pasará a llamarse Otras Deducciones. Respecto al TC1 se indicará en la casilla 602 "Comp. Desempleo Parcial" que también pasará a llamarse Otras Deducciones. Como consecuencia de este cambio de literal la TGSS tiene previsto modificar los formularios TC2 y TC1 no impidiendo el uso de dichos formularios sin modificar , hasta que se agoten las existencias.
Cambio en la gestión de las Inasistencias:
En la opción Empresas, Datos Generales, Datos Laborales se ha creado un nuevo campo llamado Acumular Inasistencias. Si dicho campo se activa, todas las inasistencias correspondientes al mismo mes aparecerán acumuladas en una sola línea al imprimir la nómina.
En la opción Inasistencias al añadir ó modificar un proceso de Inasistencia aparecerá en pantalla un campo nuevo llamado Diferir Inasistencia (mes siguiente). Si dicho campo se activa permite que dicha Inasistencia no se refleje en la nómina del mes al que corresponde la inasistencia, si no en la nómina del mes siguiente.
Cambios en Contrata:
Se habilita un nuevo dato “Campañas” en el panel Registro de la pantalla Trabajadores, Contrato, Identificativos. Según la información facilitada por Contrat@ dicho campo es de cumplimentación opcional para todos los códigos de contrato, y se cumplimentará exclusivamente en los supuestos y con las normas que en su caso dicten las distintas Comunidades Autónomas.
Con motivo de la entrada en vigor el pasado 24 de marzo de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, se han incluido las claves 14 - Paternidad y 15 - Riesgo durante la lactancia natural en el campo Tipo de Interinidad de la opción Trabajadores, Contrato, Específicos Inem.
Se permite introducir Cláusulas adicionales de contrato, por Centro de Trabajo. Para ello se ha creado en la opción Empresas, Centros de Trabajo una pestaña nueva que es Cláusulas Adicionales de Contrato. Al realizar el contrato del trabajador se verificará si el centro de trabajo asignado a dicho trabajador tiene datos en la nueva pestaña, en caso afirmativo las cláusulas adicionales de dicho centro de trabajo serán incluidas el contrato.
Se permite exportar a Excel los siguientes listados:
Listado Trabajadores, Bases Nómina Trabajadores
Listado Trabajadores, Bases Nómina Año
Listado Conceptos Nómina Trabajadores
Listado Conceptos Nómina Año
Tanto en el listado de Bases como en el de conceptos al pulsar el botón seleccionar Datos aparecerá en el panel Tipo de Papel la opción Excel. Al pulsar dicha opción aparecerán unas barras de desplazamiento en la pantalla para poder visualizar todos los campos que se pueden exportar. A mayores en el listado de Conceptos se activará el panel Descuentos de Seguridad Social que permite exportar dichos descuentos desglosados o sin desglosar.
Se permite gestionar los Embargos Salariales y Prestamos de forma automática. Para ello se han realizado los siguientes cambios:
Se ha creado la opción Maestros, Embargos LEC en la que se incluye la escala conforme a la cual se embargarán los salarios (LEC art. 607.2)
Se crean las siguientes claves para el campo Tipo Concepto Salarial en la opción Maestros, Conceptos Salariales Maestros y en la opción Empresas, Conceptos salariales:
20 - Préstamo
21 - Otros Descuentos que no afectan al coste del trabajador
El texto de la clave 14 que pasa a ser 14 -Embargo/ Retención Judicial.
Se ha creado en la opción Empresas, Datos Generales, Enlaces y en la opción Trabajadores, Datos Generales, Otros Datos un campo para que el usuario indique la cuenta contable a la cual se desea pasar el importe de los Embargos y otro campo para indicar la cuenta contable a la que se desea pasar el importe de los Préstamos.
Se crea la opción Trabajadores, Otros Procesos, Incidencias, Embargo desde la cual se gestionarán los embargos debiendo indicar los siguientes datos:
Indicar si se trata de:
Embargo LEC (Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil)
Préstamo
Embargo de Importe fijo
En el caso de un Embargo LEC se deberán indicar los datos que a continuación aparecen de color verde:
Fecha de inicio.
Importe a embargar.
Concepto salarial que aparecerá en nómina para reflejar el embargo. Dicho concepto salarial deberá estar codificado en la casilla "Tipo de Concepto salarial" con la clave 14 - Embargo/Retención Judicial con el fin de gestionar correctamente el embargo en la nómina. En el caso de querer personalizar el texto de dicho concepto salarial se podrá indicar en el campo Descripción.
Indicar si se quiere Aplicar en las Pagas Extras y ,en el caso de marcar dicha opción, si se desea Regularizar en la Nómina del Mes el embargo. En el caso de regularizar en la nómina del mes, al calcular el embargo se tendrá en cuenta la suma de ambas nóminas y se reflejará en la nómina del mes. En el caso de no regularizar en la nómina del mes el embargo se calculará por separado para la nómina del mes y para la paga extra sin tener en cuenta el importe acumulado de ambas nóminas.
El campo Fecha Fin se cubrirá automáticamente cuando al calcular la nómina y aplicar el embargo el importe pendiente de embargar pase a ser cero
En el caso de un Préstamo se deberán indicar los datos que a continuación aparecen de color verde:
Fecha de inicio.
Importe total del préstamo.
Concepto salarial que aparecerá en nómina para reflejar el préstamo. Dicho concepto salarial deberá estar codificado en la casilla Tipo de Concepto salarial con la clave 20 - Préstamo con el fin de gestionar correctamente el préstamo en la nómina. En el caso de querer personalizar el texto de dicho concepto salarial se podrá indicar en el campo Descripción.
Indicar si se quiere Aplicar en las Pagas Extras .
Si se cubre el campo Cuota Mensual Préstamo, con un determinado importe, se cubrirá automáticamente el nº de mensualidades que se deberá aplicar el préstamo en nómina.
Si se cubre el campo Nº de Mensualidades se calculará automáticamente el valor del campo Cuota Mensual préstamo, siendo este el importe del préstamo que se aplicará en cada nómina.
El campo Fecha Fin se cubrirá automáticamente cuando al calcular la nómina y aplicar el préstamo el importe pendiente del mismo pase a ser cero.
En el caso de un Embargo Fijo se deberán indicar los datos que a continuación aparecen de color verde:
Fecha de inicio.
Concepto salarial que aparecerá en nómina para reflejar el embargo. Dicho concepto salarial deberá estar codificado en la casilla Tipo de Concepto salarial con la clave 14 - Embargo/ Retención Judicial con el fin de gestionar correctamente el embargo en la nómina. En el caso de querer personalizar el texto de dicho concepto salarial se podrá indicar en el campo Descripción.
Indicar si se quiere Aplicar en las Pagas Extras .
Cuota Mensual indicar el importe fijo que se desea embargar en la nómina.
El campo Fecha Fin se cubrirá automáticamente cuando, al calcular la nómina y aplicar el embargo, el importe pendiente del mismo pase a ser cero.
Para más información sobre los embargos consultar la opción "Utilidades, Ayuda, Manual, Trabajadores, Incidencias, Embargos" y en "Utilidades, Ayuda, Manual, Preguntas Frecuentes, Incidencias de nómina, Embargos".
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.06 (Versión BD 47.97)
19/04/2007
Se incluye en esta actualización:
Se solucionan los siguientes errores que aparecían en el envío de los Partes de Accidentes:
Trabajador->antigüedad->meses
No cumple la validación de antigüedad con Fecha de Ingreso y Fecha Accidente.
Empresa->plantilla
Tamaño de campo no válido
ccclugar->datos->plantilla
Tamaño de campo no válido
actores->fempresa->fehapresenta
Este campo no debe venir cumplimentado
Si ya tiene el parte de accidente grabado y desea volver a enviarlo recuerde que previamente deberá cubrir el campo, Fecha Ingreso en la Empresa, dentro del parte de accidente, en el apartado 1-Trabajador.
En los partes que se crean nuevos dicho campo se cargará automáticamente, con la fecha que tenga el trabajador en el campo Antigüedad de la opción Trabajador Laborales, Laborales, pudiendo ser modificado por el usuario.
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.04 (Versión BD 47.12)
13/04/2007
Se incluye en esta actualización:
Se adaptan los ficheros de los partes de accidentes a la nueva versión Delt@2 con el fin de incluir en los mismos el código de CNAE de la empresa y el código de Ocupación del trabajador en lugar del Epígrafe.
Se envía, nuevamente, el Módulo para la impresión del 110 ya que el Módulo facilitado por la AEAT, en su momento, contenía la siguiente incidencia al imprimir el nº de Justificante en papel blanco:
El nº de Justificante imprimía como tres primeros dígitos 112 en lugar de 110 que es lo correcto.
Dicha incidencia afecta únicamente al Modelo 110 y no a ningún otro modelo como los modelos de IVA (300) IRPF (130,115..), No Residentes (216), etc.
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.04 (Versión BD 47.08)
30/03/2007
Se incluye en esta actualización:
Se soluciona el error "Column Unknown Noresidente AT line 1, colum 20" que aparecía en pantalla al imprimir el Certificado de Retenciones correspondiente a trabajadores con Atrasos, Imputados a Ejercicios anteriores.
Se permite imprimir el Certificado de Retenciones, de trabajadores en baja, cuando dicho Certificado corresponde a percepciones recibidas en ejercicios posteriores a la fecha de baja del trabajador.
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.03 (Versión BD 47.04)
22/03/2007
Se incluye en esta actualización:
Se modifica el aspecto de los Iconos Rápidos quedando con la siguiente apariencia:
Se permite imprimir el certificado de Retenciones correspondiente a Trabajadores No Residentes.
Se permite calcular atrasos del Modelo FLC1 (Asturias).
Se adapta el Modelo 216 del Ejercicio 2007, permitiendo la Domiciliación Bancaria, al ser enviado de forma telemática. Para Domiciliar el 216 deberá marcar el campo "Domiciliación Bancaria" en el panel IRPF de la opción Empresa, Datos Generales, Datos Fiscales. Recuerde que dicho campo se utiliza tanto para el cálculo del Modelo 216 como para el cálculo de los Modelos 110/111.
Se modifica la pantalla de la opción Utilidades, Volcado Nóminas a Contabilidad, de forma que al entrar se preguntará si el volcado de nóminas se quiere realizar a la Versión Nueva o a la Anterior de Contabilidad.
Si se selecciona la opción Versión Anterior aparecerán en el árbol de empresas aquellas que tengan indicado en la opción Empresas, Datos Generales, Enlaces que realizan el volcado a la Contabilidad Anterior.
Si se selecciona la opción Versión Nueva aparecerán en el árbol de empresas aquellas que tengan indicado en la opción Empresas, Datos Generales, Enlaces que realizan el volcado a la Contabilidad Anterior.
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.03 (Versión BD 47.03)
19/02/2007
Se incluye en esta actualización:
Las Bases de Cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos Segundo y Tercero, según la Orden TAS/234/2007, de 7 de febrero.
Se modifica la opción IRPF, Relación Modelo 110/111/216 de forma que se permite hacer la relación de los Modelos:
Negativos
Los que van por Banco:
Domiciliados
No Domiciliados
Los que no van por Banco
Al imprimir el Calendario Laboral se permite optar entre:
Sombrear las casillas de los Sábados y Domingos.
Sombrear las casillas solo de los Domingos.
No sombrear las casillas de los Sábados ni las de los Domingos
Se ha detectado la siguiente incidencia:
En los Seguros Sociales de Atrasos, calculados en el 2007, que incluyan diferencias del 1º semestre del 2006 no se aplican correctamente los siguientes %:
% de Desempleo (de la empresa) correspondiente a trabajadores Indefinidos
% FOGASA de la empresa.
Dicha incidencia ya está solucionada, por lo tanto en el caso de que tenga atrasos que incluyan meses de dicho primer semestre, y se hayan calculado en el 2007, deberá Recalcular el TC de los Atrasos.
RECUERDE QUE LA INCIDENCIA SOLO SE PRODUCÍA EN EL TC DE ATRASOS, NO SIENDO NECESARIO RECALCULAR LA NÓMINA DE DICHOS ATRASOS YA QUE ESTÁ CALCULADA CON LOS % CORRECTOS.
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.02 (Versión BD 46.85)
08/02/2007
Se incluye en esta actualización:
En la opción Utilidades, Cálculo Módulos del Personal (Fiscal) se elimina la opción Volcado, quedando únicamente la opción de Listar los datos.
En el caso de que tenga la aplicación CAIFIS y quiera volcar los datos de laboral a la aplicación fiscal, deberá hacerlo desde la Calculadora de Módulos de Personal del desglose de Actividades, en la aplicación CAIFIS.
Se inhabilita la opción Utilidades, Volcado Nóminas a Fiscal puesto que a partir del 2007 dicho volcado deberá realizarse desde la aplicación CAIFIS en la opción Maestros, Utilidades, Pase datos del Programa Laboral.
Se adapta la aplicación para permitir el volcado de nóminas a la nueva aplicación CAICONTA. En el caso de que quiera volcar las nóminas a la nueva aplicación deberá realizar los siguientes pasos:
Ir a la opción Empresa, Datos Generales, Enlaces y activar el campo "Versión Nueva" del panel Versión de Contabilidad. Por defecto aparecerá activada la opción Versión Anterior.
Pulsar el botón Administrar Rutas que aparece en la parte inferior derecha de esta misma pantalla e indicar la ruta en la que se encuentra ubicada la base de datos de la aplicación CAICONTA. (Para localizar la ruta puede hacerlo editando el fichero Programa.INI que se encuentra en la carpeta CAI)
Una vez especificada la ruta pulsar el botón Contabilidad Nueva.
Se modifica la plantilla correspondiente a la ficha del trabajador que se imprime desde la opción Listados, Trabajadores, Ficha Trabajador, de forma que :
Se detalla el CNAE correspondiente a cada C.C.C de la empresa.
Se incluye un campo para detallar el código de ocupación del trabajador en el caso de que tenga alguno asignado.
Al imprimir un solo ejemplar de los modelos de nómina que a continuación se detallan, en la parte inferior de la nomina figurará el texto "Ejemplar para el Trabajador". En el caso de imprimir dos ejemplares en el primero figurará el texto "Ejemplar para la Empresa" y en el segundo "Ejemplar para el Trabajador"
8 - Nómina Confidencial Abierta Papel Blanco
9 - Nómina Confidencial Oficial Papel Blanco
18 - Nómina Confidencial Abierta Papel Blanco (Gallego)
19 - Nómina Confidencial Oficial Papel Blanco (Gallego)
Se amplia la opción Utilidades, Borrados Masivos, de forma que se permite además del borrado masivo de Nóminas el borrado masivo de Empresas con Fechas Fin Trabajos y Trabajadores con Fecha de Baja.
Recuerde que estas opciones son muy delicadas ya que borrarán definitivamente de la base de datos TODOS LOS DATOS referentes a las empresas ó trabajadores seleccionados.
Antes de proceder al borrado de empresas con Fecha Fin Trabajos, o de Trabajadores con Fecha de Baja asegúrese de que:
Tiene copia de seguridad de la base de datos reciente, a ser posible realizada justo antes de proceder al borrado de los datos.
Que las empresas seleccionadas son las que realmente quiere borrar.
No olvide que:
Si borra los datos , dichos datos no se podrán recuperar a no ser que se restaure una copia de seguridad de la base de datos.
Si restaura una copia de seguridad pierde los datos que haya modificado, introducido o calculado en la aplicación, durante el espacio de tiempo transcurrido entre que hizo la copia de seguridad y la restauró.
Se incluye el cálculo de la Reducción del 40% de la cuota empresarial de C.C. excepto IT para trabajadores de cincuenta y nueve años o más y con una antigüedad en la empresa de 4 años o más, (Ley 42/2006 de Presupuestos Generales del Estado para 2007, Disposición adicional Vigésima Quinta). Para asignarla a los trabajadores deberán ir a la opción Trabajadores, Contrato, Bonificaciones y añadir un registro con Tipo de Bonificación "E - Reducción 40% Cuota Empresarial C.C. Excepto IT.
En el caso de que tenga algún trabajador que cumpla los requisitos necesarios para aplicarle dicha reducción, y ya le tenga calculada la nómina, deberá realizar los siguientes pasos:
Codificar la reducción tal y como le hemos indicado en le párrafo anterior.
Recalcular dicha nómina.
Recalcular los Seguros Sociales.
Ya se han incorporado los nuevos colectivos de bonificación, correspondientes a trabajadores Discapacitados, al botón Ayuda Bonificaciones.
Con motivo de la publicación de la Ley 43/2006, se adapta la aplicación para el envío por Contrat@ tanto de Contratos como de Transformaciones, incluyendo:
Los nuevos colectivos para personas con discapacidad contemplados en dicha Ley.
Las transformaciones a indefinido de contratos temporales para mujeres reincorporadas tras la maternidad o excedencia por cuidado de hijo.
Al crear un proceso de IT/Maternidad desde la opción Trabajador, Procesos Mensuales, IT/Maternidad, se permite generar el Fichero AFI de comunicación del Inicio de ocupación del trabajador en el código "c", debido al inicio de un período de IT, así como el Fin de dicha ocupación "c" debido a la finalización del período de IT.
Para más información sobre los Códigos de Ocupación o los CNAE le recomendamos ver las preguntas frecuentes en la opción Ayuda, Manual, Preguntas Frecuentes, Cotización AT y EP por CNAE.
Se envía el nuevo Módulo para el Cálculo del Modelo 110 y 111 del Ejercicio 2007. Como novedad se permite la Domiciliación Bancaria del Modelo 110 al ser enviado de forma telemática.
En el caso de que desee domiciliar el 110 de alguna empresa, deberá indicarlo en el panel IRPF de la opción Empresa, Datos Generales, Datos Fiscales. Para más Información le recomendamos ver las preguntas frecuentes en la opción Ayuda, Manual, Preguntas Frecuentes, IRPF: Modelo 110/111.
Al generar los ficheros del 110 desde la opción IRPF, Modelo 110/111 se permitirá optar entre realizar el fichero de los Modelos:
Negativos
A Ingresar Domiciliados
A Ingresar No Domiciliados
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.02 (Versión BD 46.58)
29/01/2007
Se incluye en esta actualización:
La opción Otros Procesos, Lectura Fichero ITA. Dicha opción permite comparar los CNAE y Códigos de Ocupación del Informe de Trabajadores en Alta, (fichero ITA) que les ha enviado el Sistema RED, con los datos existentes en la aplicación. Una vez seleccionada esta opción se deberá indicar la ruta donde se encuentra el fichero ITA y a continuación pulsar el botón Procesar. Al finalizar el proceso la aplicación mostrará en pantalla la relación de las incidencias encontradas.
Observaciones:
La verificación se realizará con los trabajadores de la aplicación que este en alta o que hayan causado baja en el 2007
Se mostrará aviso si el CNAE del fichero ITA no coincide con el indicado en el C.C.C en la aplicación
Se mostrará aviso si el Código de Ocupación del trabajador en el fichero ITA no coincide con el indicado en el trabajador en la aplicación.
Se mostrará aviso si algún Nº de Afiliación de trabajador en el Fichero ITA no aparece en la aplicación.
Se incluyen los siguientes colectivos de bonificación según el boletín de noticias RED 2007/01:
Para las bonificaciones que se codifiquen con la clave "O- Bonificaciones RDL 5/2006"
1222 Discapacitado Indefinido Hombre < 45 años
1223 Discapacitado Indefinido >= 45 años
1224 Discapacitado Indefinido Mujer < 45 años
1225 Discapacitado Indefinido Hombre < 45 años (Grupo Específico *)
1226 Discapacitado Indefinido >= 45 años (Grupo Específico *)
1227 Discapacitado Indefinido Mujer < 45 años (Grupo Específico *)
1228 Discapacitado Temporal Hombre < 45 años
1229 Discapacitado Temporal Hombre >= 45 años
1230 Discapacitado Temporal Mujer < 45 años
1231 Discapacitado Temporal Mujer >= 45 años
1232 Discapacitado Temporal Hombre < 45 años (Grupo Específico *)
1233 Discapacitado Temporal Hombre >= 45 años (Grupo Específico *)
1234 Discapacitado Temporal Mujer < 45 años (Grupo Específico *)
1235 Discapacitado Temporal Mujer >= 45 años (Grupo Específico *)
Para las bonificaciones que se codifiquen con la clave "T - Plan de apoyo al Sector Textil"
1014 Sector Textil Discapacitado Hombre < 45 años
1015 Sector Textil Discapacitado > 45 años
1016 Sector Textil Discapacitado Mujer < 45 años
1017 Sector Textil Discapacitado Hombre < 45 años (Grupo Específico *)
1018 Sector Textil Discapacitado > 45 años (Grupo Específico *)
1019 Discapacitado Indefinido Mujer < 45 años (Grupo Específico *)
(* Grupo Específico : Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33% o personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65%)
Estos colectivos de bonificación no han sido incorporados al control de selección automática que se realiza desde el botón Ayuda Bonificaciones, por lo tanto, si desea asignar alguno de estos colectivos a un trabajador deberá hacerlo manualmente seleccionando en la columna Colectivo el código correspondiente de la tabla. Tan pronto como estén incorporados se pondrá una actualización en la web.
El sistema RED elimina los siguientes colectivos de bonificación según el boletín de noticias 2007/01:
13 Discapacitados Centro Especial de Empleo
20 Discapacitado Centro Especial de Empleo Contrato Temporal
1012 Sector Textil Discapacitado Centro Especial de Empleo
Por lo tanto a partir de ahora las Bonificaciones por la Contratación de Trabajadores con Discapacidad en Centros Especiales de Empleo se deberán codificar con la clave C-Centro Especial de Empleo.
Debido a que las claves de los colectivo de bonificación 13, 20, 1012 pueden tenerlas asignadas a algún trabajador, la aplicación no borrará dichas claves de la tabla de colectivos de bonificación, pero sí emitirá un mensaje en pantalla, al ser seleccionadas, avisando que han causado baja según boletín de Noticias Red 2007/01.
En el caso de tener algún trabajador que ya tenga asignado el colectivo de bonificación 13, 20, ó el 1012, y la fecha de inicio de la bonificación sea anterior al 2007, se recomienda proceder de la siguiente manera:
En la ficha actual del trabajador:
Rectificar las fechas de la bonificación poniendo como fecha fin el 31/12/2006.
Cerrar la ficha actual del trabajador también con fecha 31/12/2006
Crear una nueva ficha para el trabajador con fecha inicio 01/01/2007
Seleccionar la nueva ficha y realizar en ella los siguientes cambios:
Eliminar las bonificaciones correspondientes al colectivo 13, 20, 1012 que tenga grabadas el trabajador en esa ficha.
Asignar al trabajador una bonificación de Tipo "C- Centro Especial de Empleo", con fecha de inicio 01/01/2007.
Recalcular la nómina de Enero del 2007 de dichos trabajadores si ya estaba calculada.
Debido a que la Tesorería General de la Seguridad Social impulsará de oficio la devolución de las diferencias en las cuotas correspondientes a los períodos ya ingresados, la aplicación no tratará las claves correspondientes a colectivos de bonificación 13, 20, 1012 al realizar atrasos.
Respecto a la Reducción del 40% de la cuota empresarial de C.C. excepto IT para trabajadores de cincuenta y nueve años o más y con una antigüedad en la empresa de 4 años o más, (Ley 42/2006 de Presupuestos Generales del Estado para 2007, Disposición adicional Vigésima Quinta), está siendo implementada en la aplicación y será publicada en la Web a la mayor brevedad posible.
En el caso de que tengan algún trabajador que cumpla los requisitos necesarios para aplicarle dicha reducción pueden calcular la nómina para entregarla al trabajador y posteriormente recalcularla, con la próxima versión de la aplicación, antes presentar los Seguros Sociales correspondientes a dicha nómina.
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.01 (Versión BD 46.29)
23/01/2007
Se incluye en esta actualización:
Se optimiza el cálculo del 190 de forma que al realizar el fichero de varias empresas, para su posterior envío por Internet, si dicho fichero contiene errores se indicará en la relación de errores el nombre y nº de empresa en la cual se ha producido dicho error.
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.01 (Versión BD 46.02)
19/01/2007
Se incluye en esta actualización:
Con esta actualización procederemos a la actualización automática de los siguientes datos:
· Exista o no el ejercicio 2007 en la opción Maestros, Tabla de Retenciones IRPF se procederá a actualizar la Tabla de Retenciones de I.R.P.F para 2007 según Real Decreto 1576/2006, de 22 diciembre de 2006.
· Exista o no el ejercicio 2007 en la opción Maestros, Tipos Bases y Otros se procederá a la actualización de:
o El salario Mínimo Interprofesional para 2007 según Real Decreto 1632/2006, de 29 de diciembre.
o Las bases y tipos de cotización definitivas para el 2007, según la Orden TAS/31/2007, de 16 de Enero, BOE de 19 de enero de 2007.
Recuerden que para trabajar con los grupos IIA,IIB y III del Régimen del Mar en el ejercicio 2007 deberán crear dicho ejercicio en la opción Maestros, Bases Cotización Régimen del Mar. Una vez salgan publicadas las bases definitivas se pondrá una actualización en la web.
Se modifica el cálculo del IRPF para el 2007 según lo publicado en el Real Decreto 1576/2006 de 22 de diciembre. En el caso de que se recalcule algún IRPF del ejercicio 2006, ó anteriores, se aplicará el cálculo vigente en el 2006. En el caso de que se calcule algún IRPF del ejercicio 2007, ó posteriores, se aplicará el nuevo cálculo según RD 1576/2006. Recuerde que el cálculo masivo del IRPF es un proceso lento, motivo por el cual les recomendamos que una vez iniciado dicho proceso dejen que la aplicación lo finalice.
Se ha modificado la pantalla que muestra los datos del cálculo del IRPF al calcular el IRPF desde la opción Trabajador, Fiscales, Cálculo y Regularización IRPF con el fin de adaptarlos al nuevo cálculo. Para facilitar la verificación del cálculo se activa en la parte inferior de la pantalla el campo Visualizar Información el Proceso. Al marcar dicho campo y posteriormente pulsar el botón Calcular se mostrará en formato Word un documento con el detalle del cálculo del IRPF del trabajador.
Las consultas sobre el cálculo del IRPF ó sobre la nueva plantilla de Información del Proceso recomendamos que las realicen mediante e-mail a la dirección laboral@caisistemas.es.
Con el fin de facilitar la localización de perceptores con error en el 190 se recomienda:
procesar el 190 de la empresa que de error desde la opción Empresa, IRPF, Modelo 190
situarse en el registro del 190 correspondiente al 2006
pulsar el botón modificar.
Aparecerán los perceptores numerados por un campo nuevo que aparece en la columna de la izquierda, recuerden que tal y como les explicamos en el documento, Errores de impresión más frecuentes en el 190, que aparece en la opción Preguntas Frecuentes de nuestra Web al nº que aparece a la derecha del código de error le deben restar siempre uno para localizar el nº del registro de perceptor en que da el error. No olviden que si el código es el 1 el error está en los datos correspondientes al registro de la empresa.
En la opción Empresas, Conceptos Salariales se ha creado un campo a mayores que es Base Reguladora Otros Conceptos AT y EP. Al marcar dicho campo se pedirán meses. La finalidad de dichos campos es permitir incluir en la base reguladora de AT y EP correspondiente a procesos de IT por AT ó EP el promedio de importes de Otros conceptos cobrados en los meses anteriores al proceso de IT. Se tendrán en cuenta solo los importes cobrados en el promedio de meses indicado en el concepto.
Recuerden que para aclaraciones o dudas sobre la aplicación disponen de un apartado de preguntas frecuentes en:
Nuestra Web, Area de Clientes, Preguntas Frecuentes, Laboral.
En la propia aplicación, Utilidades, Ayuda, Manual, Preguntas Frecuentes.
Hay cambio de versión por lo tanto en la opción Utilidades, Acerca De aparecerá:
Versión de Laboral : 7.01 (Versión BD 45.99)